lunes, 6 de mayo de 2013

El Tribunal Supremo no admite el recurso extraordinario de Lydia Bosch en el litigio que mantenía con su ex Alberto Martín, por la custodia de sus hijos


Cuatro años llevan entre tribunales, Lydia Bosch y su ex, Alberto Martín, por un divorcio contencioso con demandas y acusaciones por parte de la actriz. En todas las instancias judiciales a las que recurrió la ex mujer, ganó el arquitecto, del mismo modo que ha vuelto a pasar ahora en el Tribunal Supremoque da por finalizado este desencuentro.
El auto del Tribunal Supremo acuerda "en la parte dispositiva, no admitir el recurso extraordinario interpuesto por la representación procesal de doña Lydia Boquera de Buen contra sentencia dictada con fecha 20 de julio de 2011 por la Audiencia Provincial de Madrid dimanante de los autos de procedimiento de divorcio del juzgado de Primera instancia número 3 de Pozuelo de Alarcon. Aquella sentencia se refería a la custodia compartida de los hijos de ambos. En el segundo punto se declara “firme dicha sentencia".  En el tercer apartado se imponen “las costas a la parte recurrente (Lydia Bosch) con pérdida del depósito constituido para recurrir". Según figura en el escrito "contra esta resolución no cabe recurso alguno".
Aunque las cuestiones económicas estaban ya solventadas, todavía quedaba el recurso de casación interpuesto por la actriz en contra de la sentencia de la Audiencia Provincial del 20 de julio de 2011 que mantenía el régimen de visitas para el padre como si fuera una custodia compartida, algo en lo que no estaba de acuerdo Lydia Bosch. El documento de la audiencia decía "debe ampliarse el régimen de visitas y estancias en los términos solicitados por el demandado apelante al no concurrir obstáculo alguno que no lo justifique, ni la distancia del centro educativo y domicilio del demandado dada su proximidad entre ambos”. Por todo ello, a Alberto Martín le corresponden quince días o más, dependiendo del mes. La sentencia se hizo efectiva el 20 de julio.