La sección tercera de la Audiencia Provincial decretó la total absolución de un hombre condenado en marzo de 2011 por el Juzgado de lo Penal número 4 de Algeciras a cinco meses de prisión por un delito de amenazas a su expareja. La sala gaditana anula así el dictamen emitido entonces por el tribunal campogibraltareño, que lo consideró culpable por decirle a su exmujer "estoy tan harto de ti, cuando te coja te vas a enterar". Por esas palabras, el magistrado de lo Penal decretó -además de los cinco meses de cárcel- una orden de alejamiento de 200 metros durante 17 meses y prohibió al individuo comunicarse con ella en ese periodo.
Una sentencia que queda suspendida ahora, ya que la Audiencia subrayó que la frase utilizada por el acusado no debe considerarse una amenaza al no constituir un "anuncio" de causar el mal a su expareja; sino que dicha expresión se enmarca dentro de las "constantes desavenencias" de ambos. Y es que, según recogió el dictamen de la sección tercera, detrás de esta denuncia "subyace una disputa por el uso de la vivienda [en referencia al inmueble que comparten ambos con sus hijas], que puede sesgar el testimonio de ella y nos ofrece dudas sobre su credibilidad".
http://lacomunidad.elpais.com/antoniopegaso/2011/12/30/anulan-sentencia-anterior-al-considerar-dudoso-testimonio