lunes, 23 de junio de 2014

Más custodia compartida en la Comunitat Valenciana

El decano de los jueces de Valencia Pedro Viguer exige más psicólogos para desatascar las resoluciones

AURORA ROCA   20-06-2014 - 16:18 CET
La falta de psicólogos en los juzgados de familia está bloqueando ahora mismo la resolución de separaciones y divorcios donde hay menores implicados. La Ley de Custodia Compartida que avaló el Supremo en 2011 encuentra en esta falta de medios el principal escollo para aplicarse en la Comunitat Valenciana, tal y como defiende una sentencia del Tribunal Superior de Justicia, en la que se establece que procede aplicarla de inicio. En los últimos cuatro años, se ha duplicado el número de peticiones en este sentido, y por eso el decano de los jueces de Valencia pide a la conselleria que dote a los juzgados de medios
Votar
Sin interésPoco interesanteDe interésMuy interesanteImprescindible
Imprimir
Enviar
Mientras en 2010 se iniciaron 485 procedimientos de modificación de medidas, en 2013, cuando el supremo ya se había pronunciado y despejado todas las dudas sobre la legalidad de la Ley valenciana, se incrementaron hasta 783 y ya este año, cuando además del pronunciamento del Supremo , el TSJ de Valencia señaló por sentencia que el punto de partida en una separación es la Custodia Compartida, se ha elevado el número hasta las 940. Sin embargo, muchos de estos expedientes no pueden concluirse de oficio. Si uno de los progenitores se opone, se remite el asunto a más análisis y entonces es cuando entra en funcionamiento el gabinete psicosocial, un gabinete compuessto por psicólogos que emite informes sobre la idoneidad o no y que, según denuncia Pedro Viguer, decano de los jueces de Valencia cuenta con personal insuficiente.
Este gabinete, cuenta con seis psicólogos y un funcionarios perdo da servicio a los cuatro juzgados de familia, los cuatro de violencia de género y a la sección décima, por eso se están demorando esos informes una media de ocho meses
Pedro Viguer señala que si no se ponen los medios, la bondad de la ley se limita y por eso insiste en que es fundamental. También lo es, según su criterio, que los jueces que estudian estos asuntos tengan en cuenta la situación laboral y económica de los progenitores. Pone como ejemplo el hecho de que la ley marca que el impago den dos meses consecutivos de la pensión o de cuatro alternos supone un delito y en éopoca de crisis, si esto se aplicase a rajatabla se haría daño tanto al menor como al progenitor, que suele ser el padre.