martes, 4 de febrero de 2014

Información sobre Custodia Compartida

La futura ley de corresponsabilidad parental que en breve será aprobada, recoge una disposición transitoria segunda, que detalla expresamente la posibilidad de modificar las medidas dictadas con la legislación anterior para adaptarlas a la nueva normativa.
La custodia compartida de los hijos tras el divorcio de sus padres dejará de considerarse excepcional, la tendencia social ha devenido en un marco jurídico en el que su adopción es la preferencia definitiva.
La apuesta del Tribunal Supremo (sentencia 25 de Noviembre de 2013) por la custodia compartida ha llegado hasta tal punto de estimar la petición de custodia compartida en un proceso de modificación de medidas, instado por un padre que no la solicitó en su proceso de divorcio, porque la tendencia jurídica y social era no concederlas. La sentencia ratifica otras resoluciones anteriores (29 de abril, 7 de junio y 19 de julio de 2013), sosteniendo que es el sistema que mejor garantiza el interés del menor y debe acordarse siempre que sea posible.
La experiencia del Centro de Psicología Área Humana, desde su departamento de Psicología Jurídica nos ha permitido conocer procesos, en los que la Custodia Compartida podría haber sido la situación más aconsejable para los menores, y debido a la tendencia social no pudo obtenerse, dejando a muchos padres y a muchos hijos privados de una relación equitativa.
La actual doctrina jurisprudencial abre el camino a todos aquellos que en su día no pudieron conseguir su objetivo, que no era otro que el de poder disfrutar e implicarse de forma igualitaria en la educación de sus hijos.
“deben guiarse exclusivamente por el interés superior del menor, y la custodia compartida es la que mejor casa con este, porque salvaguarda el derecho de los hijos a relacionarse con ambos progenitores”
STS, Civil Sección 1 del 25 de Noviembre del 2013 (ROJ: STS 5710/2013)
Periciales Psicológicas en modificación de medidas
El nuevo marco legal y social exigirá al psicólgo forense un profundo rigor en los procesos de valoración psicológica, al objeto de recomendar o rechazar la custodia compartida.
En el departamento de Psicología Jurídica de Área Humana, con una dilatada experiencia y personal especializado en Psicología Forense, somos conscientes de que la aportación de una pericial psicológica en los procesos de modificación de medidas, es una prueba muy importante, y que puede ofrecer una información muy valiosa. Esta aportación debe estar respaldada por una metodología rigurosa y científica, y por un profesional especializado: el Psicólogo Forense.