martes, 30 de abril de 2013

¿Que es la Custodia Compartida?

El 26 de Abril es el Día Internacional de la Igualdad Parental y la Corresponsabilidad Familiar. Por ello, el mejor artículo que puedo escribir para este día no puede ser otro que tratar de explicar lo que la Igualdad Parental es, o lo que viene a ser lo mismo, la Custodia Compartida. Llevo desde el 2009 escuchando barbaridades sobre este tema, y solo puedo sacar una conclusión: Por norma general, la sociedad no conoce el planteamiento de dicho sistema de custodia.

Lo primero que hay que tener claro es saber diferenciar estos términos: Custodia y Patria Potestad. Ya que si no sabemos lo que significan, jamás entenderemos la diferencia entre una Custodia Monoparental y una Compartida, y esto dará pie a confusiones y malas interpretaciones.

El término CUSTODIA hace referencia a convivencia, no implicando mas derechos, y consecuentemente no supone un status privilegiado de un progenitor frente al otro. Hay dos tipos de custodias, MONOPARENTAL: que puede ser materna o paterna y COMPARTIDA.

PATRIA POTESTAD, ambos progenitores mantendrán el ejercicio conjunto de la Patria Potestad, sin importar el tipo de custodia que se dé. Los progenitores deberán comunicarse todas las decisiones que con respecto a su hijo adopten en el futuro, así como todo aquello que conforme al interés prioritario del hijo deban conocer ambos padres. Los decisiones sobre asuntos EDUCATIVOS, SANITARIOS Y RELIGIOSOS deben tomarse de mutuo acuerdo. Si los progenitores no se ponen de acuerdo en dichos asuntos, deberá plantearse el asunto en el juzgado para que este resuelva. 

Por tanto, todo el peso de las decisiones que atañen a los hijos, recae en la Patria Potestad, en ambos progenitores sin importar quién es el custodio. 

Entonces ¿por qué se escucha constantemente que si no hay comunicación entre los progenitores la Custodia Compartida no funciona y no se debe conceder? Muy simple, las personas que alegan esto no conocen la diferencia entre Custodia y Patria Potestad. Si no hay una buena comunicación entre progenitores, da igual que tipo de custodia exista, puesto que la comunicación no depende del tipo de custodia que se realice. A efectos de proteger el verdadero interés del menor, este se verá negativamente afectado cuando sus padres no tenga una comunicación sana y fluida, SIN IMPORTAR EL TIPO DE CUSTODIA. Exista una custodia Monoparental o Compartida, la Patria Potestad es la misma, por lo que ambos progenitores deben tomar las decisiones de mutuo acuerdo. Hoy por hoy, gracias a sentencias del Tribunal Constitucional, el hecho  de que no exista comunicación entre los progenitores no es motivo para no conceder una CUSTODIA COMPARTIDA. 

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