¿Es el Proyecto de Ley de tasas judiciales una Justicia de dos velocidades? No, en mi opinión es sencillamente una Justicia para quien pueda pagársela, y ninguna para el que no pueda. Simplemente, miles de euros por demandar, miles de euros por recurrir a pagar por toda persona física que gane más de 1.100€ por unidad familiar, sin graduación en función de la capacidad económica. Las personas físicas son tratadas igual que una empresa  multinacional. Y si no se paga se queda uno sin derecho, porque no se dará trámite al escrito sin el justificante del abono. Las tasas son descabelladas e inasumibles para cuantías de litigio altas y medias, y disuasorias para cuantías pequeñas.  Ya he explicado en otro lugar con ejemplos qué va a pasar ytambién he expuesto las razones por las que este Proyecto es inconstitucional en el mismo sentido que otros autores, como Andrés de la Oliva aquí.
Y tampoco repetiré obviedades como que el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva recogido en el artículo 24 de la Constitución y en los Convenios Internacionales es un pilar del Estado de Derecho, porque es el límite a la arbitrariedad del Estado y de los poderosos. En los desafueros cotidianos hay grados.
Pero sí quiero insistir en lo siguiente:
  • Cuando todas las asociaciones de jueces y fiscales incluyen la retirada del proyecto en sus reivindicaciones con amenaza hasta de huelga; los mismos que se verían descargados de trabajo, porque no se puede descongestionar los tribunales a costa de la indefensión de millones de ciudadanos.
  • Cuando los abogados salen a la calle en toda España, y los Jueces Decanos con ellos
  • Cuando todos los presidentes de Audiencias Provinciales de España lo rechazan;
  • Cuando todas las asociaciones de consumidores denuncian que el proyecto es el fin de Derecho del Consumo
  • Cuando los Colegios de Abogados promueven envío masivo de cartas a la Defensora del Pueblo (y quien esto firma aprovecha este foro para pedir al lector que lo haga si está de acuerdo, porque la Defensora del Pueblo puede interponer recurso de inconstitucionalidad).
  • Cuando la oposición abandona la Comisión de Justicia del Congreso porque el rodillo parlamentario impone que no solo no se aceptenenmiendas salvo las del PP, insignificantes, sino que también se va por trámite de urgencia para que ni se discuta en Pleno un proyecto de tal relevancia y tachado de inconstitucional por la oposición y todos los operadores jurídicos, y para que entre en vigor ya, el 21 de noviembre
algo muy grave se está intentando perpetrar, algo que ni como juristas ni como ciudadanos podemos tolerar, y todavía podemos evitarlo. Pero reaccionando deprisa, porque esto se echa encima.
Las soluciones alternativas como la mediación, sin perjuicio de su necesidad, no pueden dar respuesta a muchos supuestos, como el que exista una parte fuerte que no quiera negociar, sino imponer. Lo que pasa también con el Estado, con el que no se negocia, y estas tasas se aplican también en la jurisdicción contencioso-administrativa. ¿Fomentar medidas alternativas a los juicios? Sí, sin duda. Pero siempre partiendo de que se retiren estas tasas inconstitucionales, injustas y discriminatorias. Cualquier medida ha de partir de que no haya dejación por parte del Estado de su obligación mínima de impartir justicia, que tiene en monopolio.
Las llamadas a la reflexión han sido desoídas. Muchos juristas hacemos lo que está en nuestra mano para que este insensato proyecto no se apruebe, y seguiremos después si la presión social no impide que salga adelante. Nos gustaría también contar con quien esto esté leyendo. Porque hay un límite: el límite es el Estado de Derecho.