viernes, 5 de octubre de 2012

Avances y retrocesos para la custodia compartida


Rodolfo Huerta González
Aquí presentamos algunos de los avances y retrocesos habidos en México sobre la custodia compartida de los hijos en los casos de los divorcios. En la mayoría de las entidades federativas prevalece en los juicios de guardia y custodia de los hijos el modelo de custodia monoparental o exclusiva, cuyas bases son:
Los hijos predominantemente se quedan al cuidado materno, (aunque hay casos que es al contrario) y el padre pasa a ser una especie de visitante con sus propios hijos con los que puede convivir algunos días de la semana y la mitad de las vacaciones escolares.
La presencia del padre (o de la madre, en el caso que la guardia y custodia sea otorgada al varón) queda relegada en la vida cotidiana, emocional, afectiva y escolar de sus hijos.
El padre queda obligado a pagar a la ex esposa la pensión correspondiente al mantenimiento de los hijos. En algunos estados, la falta de ésta ocasiona prisión.
La madre o el padre en su caso, como tenedores “exclusivos” de la guarda y custodia generalmente les posibilita ejercer algunos tipos de extorsiones y chantajes en la convivencia con sus hijos (va a ir a una fiesta; no quiere salir contigo, están enfermos o cambiarse de domicilio sin dar aviso).
Este modelo ha sufrido a veces ligeros cambios, y en otras ocasiones ha sido sustituido, a través de movimientos de padres y madres, por el de la custodia compartida, que ha sido reconocida en algunas entidades.
En el Estado de México, sin embargo, las leyes familiares presentan claroscuros. En junio pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la decisión de una sala familiar de esta entidad la cual ordenó entregar la patria potestad a la madre, que inicialmente había sido concedida al padre de sus dos hijos, argumentado que las “circunstancias habían cambiado”, al comprobarse que era violento y había causado daño emocional al más pequeño, que presentaba rasgos depresivos.
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