Un juez de Salamanca obliga a un padre a devolver a sus hijos menores de edad a
su exmujer cada día a las once de la noche. La sentencia, a la que ha tenido
acceso LA GACETA, fue dictada la semana pasada y en la misma, el juez sustituto
del Juzgado de Primera Instancia 8 atribuye la guardia y custodia de los dos
niños, de once y catorce años, a la madre, pese a reprocharle "el hecho de que
tienda a anteponer sus intereses frente al de sus hijos y transmita una imagen
negativa del progenitor".
La sentencia, contra la que el padre recurrirá en apelación ante la Audiencia Provincial, declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído por la pareja en 1994 y atribuye la guardia y custodia a la mujer y la patria potestad compartida y ejercida por ambos progenitores. En su fallo, establece que todas las tardes laborales de la semana desde las 16.00 a las 23.00 horas los niños estén con el padre, que deberá recogerlos y entregarlos en el domicilio materno.
El juez fundamenta esta medida en primer lugar en la imposibilidad de atribuir la guardia y custodia de los menores en forma compartida a ambos progenitores ante las "malas relaciones existentes entre ellos" y la falta de un informe favorable por parte del Ministerio Fiscal. Es por ello que se decanta por atribuir la guardia y custodia a la madre, pese a que el equipo psicosocial abogó por una custodia compartida y subsidiariamente por atribuir la misma al padre basándose en "la identificación y comunicación que muestran los menores con su progenitor".
El juez ampara este peculiar régimen de visitas principalmente en el horario laboral del padre y la madre. Mientras el primero trabaja de 06.00 a 14.00 horas, ella lo
hace "siempre de tarde". El juez trata de compatibilizar en su sentencia ambos
horarios de manera que la madre será finalmente la encargada del control y
cuidado de los menores por la mañana y el padre por la tarde-noche,
"correspondiendo a éste una importante labor de control y ayuda en todo lo
concerniente a las actividades extraescolares y lúdicas de los niños", destaca.
su exmujer cada día a las once de la noche. La sentencia, a la que ha tenido
acceso LA GACETA, fue dictada la semana pasada y en la misma, el juez sustituto
del Juzgado de Primera Instancia 8 atribuye la guardia y custodia de los dos
niños, de once y catorce años, a la madre, pese a reprocharle "el hecho de que
tienda a anteponer sus intereses frente al de sus hijos y transmita una imagen
negativa del progenitor".
La sentencia, contra la que el padre recurrirá en apelación ante la Audiencia Provincial, declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído por la pareja en 1994 y atribuye la guardia y custodia a la mujer y la patria potestad compartida y ejercida por ambos progenitores. En su fallo, establece que todas las tardes laborales de la semana desde las 16.00 a las 23.00 horas los niños estén con el padre, que deberá recogerlos y entregarlos en el domicilio materno.
El juez fundamenta esta medida en primer lugar en la imposibilidad de atribuir la guardia y custodia de los menores en forma compartida a ambos progenitores ante las "malas relaciones existentes entre ellos" y la falta de un informe favorable por parte del Ministerio Fiscal. Es por ello que se decanta por atribuir la guardia y custodia a la madre, pese a que el equipo psicosocial abogó por una custodia compartida y subsidiariamente por atribuir la misma al padre basándose en "la identificación y comunicación que muestran los menores con su progenitor".
El juez ampara este peculiar régimen de visitas principalmente en el horario laboral del padre y la madre. Mientras el primero trabaja de 06.00 a 14.00 horas, ella lo
hace "siempre de tarde". El juez trata de compatibilizar en su sentencia ambos
horarios de manera que la madre será finalmente la encargada del control y
cuidado de los menores por la mañana y el padre por la tarde-noche,
"correspondiendo a éste una importante labor de control y ayuda en todo lo
concerniente a las actividades extraescolares y lúdicas de los niños", destaca.