miércoles, 2 de febrero de 2011

Definición de Custodia Compartida

Se denomina custodia compartida a la situación legal que establece que en caso de separación matrimonial de hecho o de divorcio, ambos progenitores, padre y madre, tienen la custodia legal de sus hijos menores de edad con las mismas condiciones y derechos, es decir, ni uno ni otro cuenta con una ventaja sobre las decisiones que atañen al menor o menores de edad bajo su tutela, sino todo lo contrario, porque la justicia decidió que compartan en igualdad de condiciones las decisiones que corresponden al bienestar y futuro de sus hijos.

Leer artículo completo:

http://www.definicionabc.com/derecho/custodia-compartida.php